rectificacion de actas

RECTIFICACIÓN DE ACTAS

Rectificación de actas

REQUISITOS

En todas las rectificaciones administrativas de actas los promoventes deberán de presentar sin excepción alguna, los siguientes tres documentos, así como los respectivos al dato en concreto a rectificar:

REQUISITOS:
1. Solicitud llenada y firmada. Cuando el titular del acta sea un menor de edad, el trámite será promovido por ambos padres, tutor o quien detente la patria potestad del menor, anexando para tal efecto copias de identificación oficial, actas de nacimiento de los mismos y acta de matrimonio en su caso. Cuando el trámite sea realizado por persona distinta al titular del acta, deberá anexar carta poder simple, con identificación oficial de quien otorga el poder, quien lo acepta y de dos testigos. La carta poder deberá ser dirigida a la Directora Estatal del Registro Civil con la siguiente leyenda: "se otorga poder para realizar el procedimiento administrativo de rectificación de acta" sin abreviar los nombres de quienes participen en ella.

2. Copia del libro del acta a rectificar. (obtener directamente en la oficialía del registro civil donde se levantó el acta)
3. Identificación oficial vigente y con fotografía (IFE, constancia de identidad, Pasaporte, Cédula profesional,etc.)

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